Política de desconexión digital
Marco normativo
En SABSEG GROUP estamos comprometidos con del derecho a la desconexión digital de todas
nuestras personas trabajadoras, así como con las medidas de flexibilidad que faciliten la conciliación de la vida personal y profesional como un beneficio básico de nuestra Compañía. Es por ello por lo que, aunque las exigencias de la actividad de mediación de seguros y nuestro compromiso con ofrecer un servicio excelente a nuestros clientes, en ocasiones lo dificulta, estamos igualmente comprometidos con la mejora continua de la organización que se manifiesta en la voluntad de hacer de nuestra compañía el mejor lugar donde trabajar.
Así, para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, se garantiza el descanso de las personas trabajadoras y se reconoce expresamente su derecho a la desconexión digital una vez finalizada su jornada laboral.
En Sabseg Group hemos elaborado este protocolo de medidas en materia del ejercicio del derecho a la desconexión que implica expresamente la desconexión de los dispositivos digitales, no estar obligados en ningún caso a responder emails, mensajes y llamadas profesionales fuera de su horario laboral, ni durante los permisos de cualquier tipo, días libres y/o vacaciones de la persona trabajadora.
Las leyes en las que se basan este protocolo son:
El art. 88 de la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores).
Ley de Teletrabajo (Ley 10/2021, de 9 de julio, de Trabajo a Distancia).
Ámbito de aplicación
Este protocolo se aplicará a todas las personas que trabajan en SABSEG GROUP (Brokers Alliance, S.L., Banasegur, SAU, ASESORIA INTEGRAL DE SEGURO AGROPECUARIOS SLU, Ores & Bryan, S.L., BROKERS CONSULTORES DE SEGUROS CORREDURIA DE SEGUROS SA, POOLSEGUR, S.L., GUILLERMO ADELL CORREDURIA DE SEGUROS SL , CARANTIA TRES SL CORREDURIA DE SEGUROS, ICBA IBERICA, CORREDURIA DE SEGUROS S.L., ARRENTA QUARTO PILAR CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.), independientemente de si desarrollan sus tareas de forma presencial o a distancia.
Acciones de implantación/ formación/ sensibilización
PRIMERA.- La empresa garantiza a las personas trabajadoras el derecho a la desconexión digital una vez finalizada la jornada laboral.
A estos efectos, se tendrán en cuenta todos los dispositivos y herramientas susceptibles de mantener la jornada laboral más allá de los límites legales, en particular: ordenadores portátiles, aplicaciones móviles propias de la empresa, correos electrónicos, chat de empresa o cualquier otro que pueda utilizarse.
SEGUNDA.- Las personas trabajadoras se comprometen al uso adecuado de los medios informáticos y tecnológicos puestos a disposición por la empresa, evitando en la medida de lo posible su empleo fuera de la jornada ordinaria estipulada en el contrato de trabajo.
Los responsables que gestionen equipos deben observar especialmente las políticas de desconexión digital, al ser una posición referente respecto a los equipos que coordinan. Por lo tanto, las personas con equipo a su cargo - ponderando razonable y responsablemente las circunstancias concurrentes a la actividad y al negocio - se abstendrán de requerir respuesta en las comunicaciones enviadas a las personas trabajadoras fuera de horario de trabajo, siempre que pudieran suponer para los destinatarios de las mismas la realización de un trabajo efectivo en tiempo de descanso. Por ello, las personas trabajadoras destinatarias de la comunicación tendrán derecho a no responder a la misma hasta el inicio de la siguiente jornada laboral.
En este sentido, en caso de tener que enviar una comunicación que pueda suponer respuesta fuera del horario establecido al efecto, el emisor asumirá expresamente que la respuesta podrá esperar a la jornada laboral siguiente.
TERCERA.- A efectos de garantizar el derecho a la desconexión en relación con la efectiva conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la convocatoria y la asistencia a reuniones, tanto a nivel interno como externo, se hará dentro de los límites de la jornada laboral, respetando el tiempo de descanso y las festividades correspondientes a las localidades donde se preste servicio.
CUARTA.- Sabseg Group garantizará a las personas trabajadoras el derecho la desconexión digital durante el periodo que duren sus descansos, vacaciones, permisos, incapacidades o excedencias, con los mismos términos, incluidas las personas trabajadoras que ocupen puestos directivos. Las personas trabajadoras tendrán la obligación de dejar un mensaje de aviso en el correo electrónico con la mención de “ausente”, indicando los datos de contacto de las personas designadas para su reemplazo, así como las fechas de duración de los periodos.
QUINTA.- No serán de aplicación las medidas que garantizan el derecho a la desconexión digital en los casos en que concurran circunstancias excepcionales, necesidades especiales, causas de fuerza mayor o aquellas que supongan un grave o evidente/inminente perjuicio empresarial o del negocio, cuya urgencia temporal necesita de una respuesta inmediata.
De la misma manea, no serán de aplicación estas medidas cuando concurran situaciones/incidentes/accidentes de nuestros clientes que requieran de respuesta inmediata por nuestra parte para un correcto servicio de suscripción, renovación o gestión de siniestros.
En dichos supuestos, la empresa que requiera una respuesta de la persona trabajadora, una vez finalizada su jornada laboral, contactará preferiblemente por teléfono para comunicarle la situación de urgencia que motiva dicha situación.
De esta forma, el tiempo de trabajo así requerido podría calificarse como excepcional, y como tal se tratará. Se excluye la aplicación del derecho a desconexión digital a aquellas personas trabajadoras con posiciones de alta responsabilidad o cargos de confianza que permanezcan a disposición de la empresas y perciban, por ello, un complemento de “disponibilidad” u otro de similar naturaleza, en el entendimiento de que, durante el tiempo de atención continuada en régimen de localización, la persona trabajadora tendrá la obligación de atender las comunicaciones, de conformidad a las normas que regulen el correspondiente régimen de disponibilidad.
SEXTA.- Sabseg Group implementará las medidas de sensibilización sobre las que se ampara el derecho a la desconexión digital. Para lo cual se informará y/o formará al personal sobre la necesaria protección de este derecho, teniendo en cuenta las circunstancias, tanto laborales como personales de todas las personas trabajadoras, y para ello se pondrá a disposición de las mismas, toda la información y/o formación que precisen para la compresión y posterior aplicación de las mencionadas medidas protectoras del derecho a la desconexión digital.
SÉPTIMA.- Las personas trabajadoras no podrán ser discriminadas en su desarrollo profesional ni sancionados por el ejercicio del derecho a la desconexión digital. Por tanto, se garantiza que el ejercicio de este derecho por parte de las personas trabajadoras no puede conllevar medidas sancionadoras, ni puede influir de manera negativa en los procesos de promoción, evaluación y valoración.
OCTAVA.- Sabseg Group, reconoce y formaliza el derecho a la desconexión digital como un derecho, aunque no como una obligación, aplicable a todas las personas trabajadoras. Esto implica expresamente que, aquellas personas trabajadoras que realicen comunicaciones fuera del horario establecido en esta política podrán hacerlo con total libertad; sin embargo, deben asumir que no tendrán respuesta hasta el día hábil posterior.
Medidas a adoptar
Sabseg Group ha establecido una serie de medidas para asegurarse que todas las personas trabajadoras lleven a cabo las recomendaciones recogidas en esta política:
Toda comunicación laboral se realizará a través de las herramientas y dispositivos puestos a disposición de la persona trabajadora por la empresa.
Como buena práctica y para evitar enviar comunicaciones fuera de la jornada laboral, se programarán los envíos de dichas comunicaciones en Outlook Programar envío en Outlook - Soporte técnico de Microsoft
Se podría consultar siempre que se necesite al departamento de Personas, encargado de la prevención de riesgos laborales, sobre los posibles riesgos y/o casos de tecnoestrés y analizar el impacto de las políticas de desconexión digital desde el punto de vista de los riesgos psicosociales.
Para realizar una correcta revisión y seguimiento del cumplimiento del presente protocolo de desconexión digital, se supervisará que se cumplen las actuaciones indicadas en el presente acuerdo por el equipo de Personas, encargado de la gestión y bienestar de todas las personas trabajadoras.
En caso de que alguna persona trabajadora considere que no se está llevando a cabo las medidas adecuadas para asegurar la desconexión digital puede ponerlo en conocimiento al departamento de Personas a través del email personas@sabseggroup.com
Entrada en vigor y vigencia
La vigencia de esta política se iniciará con su firma y se renovará anualmente de modo tácito. Esta política es un documento vivo que será revisado de forma periódica a fin de incluir en él cuantas modificaciones y actualizaciones se considere necesarias para su buen funcionamiento.
Publicidad
La presente Política Interna de Derecho a la Desconexión Digital estará disponible como información documentada y se comunicará a todas las personas trabajadoras.
Firmado. Blanca Piédrola Báez
Directora de Personas & ESG
SABSEG GROUP