Seguro de Caución para Impuestos Especiales y Avales
Garantiza el cumplimiento de las obligaciones fiscales y mejora la capacidad crediticia
El seguro de caución para impuestos especiales actúa como garantía ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, asegurando el cumplimiento de las obligaciones fiscales en actividades reguladas.
El seguro de caución para impuestos especiales es una forma de garantía financiera que se presenta ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Funciona como fiador solidario, asegurando el cumplimiento de las obligaciones fiscales en actividades reguladas. Este tipo de seguro es esencial para responder por las obligaciones asociadas a la circulación intracomunitaria de productos sujetos a impuestos especiales, tal como se especifica en el artículo 43 del Real Decreto 191/2010 (actualización publicada en el BOE el 7 de diciembre de 2016), que aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.
Puntos destacados
El seguro de caución cubre el importe de las cuotas que puedan generarse debido a incidencias durante la circulación de bienes sujetos a impuestos especiales. Este tipo de garantía es válida para actividades intracomunitarias. Las pólizas se emiten de forma anual, con renovación automática al finalizar el año, ajustándose según la media de facturación de los tres últimos años.
Coberturas
Cubre el importe de las cuotas que puedan generarse debido a incidencias durante la circulación de bienes sujetos a impuestos especiales, desde la aduana de importación hasta el establecimiento final
Preguntas frecuentes
¿Quién lo contrata?
El seguro de caución para impuestos especiales está destinado a:
Fabricantes
Titulares de Depósitos
Fiscales Titulares de Almacenes
Fiscales Operadores Registrados
Representantes Fiscales
Productos que requieren Seguro de Caución
Los productos para los que se exige la contratación de este seguro incluyen:
1. Alcohol
2. Bebidas Derivadas y Productos Intermedios
3. Cerveza, Vino y Bebidas Fermentadas
4. Hidrocarburos
5. Labores del Tabaco
Este seguro es un requisito imprescindible para el inicio y desarrollo de actividades en estos sectores. Se presenta ante las distintas delegaciones provinciales de Hacienda, pertenecientes a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y se renueva anualmente basado en la media de la facturación de los últimos tres años.
Ventajas del Seguro de Caución
Elegir el seguro de caución para impuestos especiales en lugar de un aval bancario ofrece varias ventajas significativas:
1. Aumento de la Capacidad Crediticia: Al no computar en la CIRBE, mejora la capacidad crediticia de la empresa.
2. Reducción de Exigibilidades: Disminuye las obligaciones registradas en el balance financiero.
3. Costes Reducidos: La periodificación permite cobrar únicamente los días exactos de cobertura.
4. Sin Comisiones de Estudio ni Apertura: El seguro se gestiona sin cargos adicionales por estudio o apertura.
5. No Requiere Pignoración de Anticipos: Los recursos financieros de la empresa permanecen disponibles.
Tipos de Fianzas
Los modelos de seguros de caución para impuestos especiales están diseñados para diversas áreas de actividad, incluyendo:
Fabricantes: Asegurando cumplimiento en la fabricación y circulación de productos sujetos a impuestos.
Titulares de Depósitos Fiscales: Garantizando las obligaciones fiscales de los depósitos.
Titulares de Almacenes Fiscales: Protegiendo el cumplimiento fiscal en el almacenamiento de productos.
Operadores Registrados: Asegurando las operaciones registradas de circulación intracomunitaria.
Representantes Fiscales: Garantizando las responsabilidades fiscales de los representantes. Estos seguros ofrecen una solución confiable y eficiente para cumplir con las obligaciones fiscales y reglamentarias en el sector de impuestos especiales.